El Estado de Rio Grande do Sul sancionó la Ley 15.228, de 25 de septiembre de 2018, que dispone sobre la aplicación, en el ámbito de la Administración Pública Estadual, de la Ley Brasileña Anticorrupción (12.846 / 2013).
La reglamentación de la Ley establece sobre la responsabilización administrativa y civil de personas jurídicas por actos lesivos contra la administración pública, nacional o extranjera, que atenten contra el patrimonio público nacional o extranjero, contra principios de la administración pública o contra los compromisos internacionales asumidos por Brasil.
Programa de Cumplimiento e Integridad:
En el marco de las normas de otros Estados, como Río de Janeiro y Brasilia, Rio Grande do Sul también establece la exigencia del Programa de Integridad para empresas como requisito de celebración de contrato, consorcio, convenio, concesión o asociación público-privada con la Administración Pública Estadual , según el artículo 37 de la Ley.
A quién se aplica:
El artículo 37 que se refiere a la exigencia del Programa de Integridad se aplica a las sociedades empresarias ya las sociedades simples, personificadas o no, independientemente de la forma de organización o modelo societario adoptado, así como a cualquier fundación, asociaciones de entidades o personas, o sociedades, extranjeras, que tengan sed, filial o representación en el territorio brasileño, constituidas de hecho o de derecho, aunque sea temporalmente.
En términos de valores, se aplica la exigencia del Programa de Integridad para valores que sean superiores a R $ 330.000,00 (trescientos treinta mil reales) para obras y servicios de ingeniería, y por encima de R $ 176.000,00 (ciento y de setenta y seis mil reales) para compras y servicios, aunque en forma de pregón electrónico.