Ministerio de Cultura publica en el Diario Oficial de la Unión de 24 de agosto de 2018 la Ordenanza Nº 83 por la que se establece la Unidad de Gestión de la Integridad en el ámbito del Ministerio de Cultura. Conforme a lo Decreto, la Unidad debe elaborar un Plan de Integridad a ser aprobado hasta el día 30 de noviembre de 2018, conteniendo todos los elementos enumerados en el art. 5º de la Ordenanza CGU nº 1.089 / 2018.
¿Cuáles deben ser las competencias de la Unidad de Gestión de Integridad del Ministerio de Cultura?
I – Coordinar la estructuración, ejecución y monitoreo del Programa de Integridad del Ministerio de Cultura;
II – Orientar y entrenar a los servidores del Ministerio de Cultura con relación a los temas relacionados con el Programa de Integridad; y
III – Promover otras acciones relacionadas con la implementación del Programa de Integridad, en conjunto con las demás unidades del Ministerio de Cultura.
¿Cuáles deben ser las atribuciones de la Unidad de Gestión de Integridad del Ministerio de Cultura?
I – Coordinar el levantamiento de los riesgos a la integridad prioritaria y la elaboración de medidas de tratamiento;
II – Elaborar el Plan de Integridad y someterlo a la aprobación del Comité de Gobernanza del Ministerio de Cultura – CGMinC;
III – Planear y participar de las acciones de entrenamiento relacionadas al Programa de Integridad en el Ministerio de Cultura;
IV – Establecer rutina de monitoreo de la ejecución del Programa de Integridad;
V – Proponer medidas para el perfeccionamiento del Programa de Integridad.
De acuerdo con la Contraloría General de la Unión, por la Ordenanza CGU nº 1.089 / 2018, el Programa de Integridad debe contener reglas de conducta, transparencia, acceso a la información, tratamiento de conflictos de intereses y nepotismo, entre otros requisitos.